Los roles de género condicionan la igualdad jurídica en materia laboral y, por lo tanto, las oportunidades de las mujeres.

«Algunos roles socialmente asignados siguen limitando la participación de las mujeres en el mercado laboral, como si su desempeño dependiera de ello y no la garantía de los mismos derechos, tratos y oportunidades que los hombres.»

Verónica Gabriela Márquez
Estudiante de 5° semestre de Economía y Relaciones Internacionales

La igualdad de género en el escenario político, económico y social es una lucha de mujeres, pero un asunto de todos. No se puede gobernar ni impulsar una buena administración pública simplemente respondiendo con una normatividad jurídica que consagre la igualdad entre hombres y mujeres (Lamas, s.f.)1 cuando la realidad es que el género sigue siendo un principio de diferenciación social y de establecimiento de oportunidades en la sociedad. La ley no es lo único que garantiza que dichas desventajas sean solucionadas; es un primer paso, pero necesitan ser abordadas a través de acciones que rompan con un sistema androcéntrico.

El hecho de que las mujeres se encuentren empleadas en sectores y ocupaciones específicas, determinadas por la calidad de sus oportunidades educativas y sociales, refleja lo importante que es establecer cambios estructurales para que los sectores en los que se desempeñan se extiendan, o bien, no se vean afectados en contextos de crisis. Actualmente, podemos ver que la pandemia no solo hizo más evidentes las desigualdades, sino que también las agravó. Pero aun cuando es incuestionable la desigualdad laboral y de oportunidades entre hombres y mujeres, instrumentos como la Ley Federan del Trabajo -que solo cuenta con un apartado de la protección de la maternidad2– deja en claro como algunos roles socialmente asignados siguen limitando la participación de las mujeres en el mercado laboral, como si su desempeño dependiera de ello y no la garantía de los mismos derechos, tratos y oportunidades que los hombres.

La situación de las mujeres en el mercado laboral.

En muchos países del mundo las mujeres ganan, en promedio, menos que los hombres. México no es la excepción, desde el 2017 y hasta antes del inicio de la pandemia, las mujeres ganaban en promedio, 85 pesos por cada 100 pesos de ingreso de los hombres (IMCO, 2020)3. Además, de acuerdo con las cifras del primer trimestre del 2021 de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), de las casi 2.1 millones de las personas que ya no están ocupadas a comparación del mismo periodo del 2020, siete de cada diez fueron mujeres; su tasa de ocupación disminuyó 6.79% en comparación con una disminución del 1.81% de los hombres ocupados (INEGI, 2021)4.

Gráfica 1. Generación de empleos formales en México 2021. Fuente: Elaboración propia con datos de los trabajadores asegurados en el IMSS, Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) encontrados en los semáforos económicos de México ¿Cómo Vamos?

La recuperación de los puestos de trabajo post pandemia no ha sido igual para las mujeres que para los hombres, tal y como se puede observar en la Gráfica 1 sobre la generación de empleos en el 2021. Aunque se han creado más empleos formales que los perdidos por la pandemia, pues entre 2020 y 2021 se perdieron 488,973 empleos formales de mujeres, y hasta agosto del 2021 se han creado 570,226; aun así, por cada 100 hombres registrados en un puesto de trabajo formal, hay solo 63 mujeres (México ¿Cómo Vamos?, 2021)5. Por lo que la generación de empleos formales no engloba la participación completa de las mujeres en el mercado laboral, también debemos ver que la tasa de informalidad laboral en mujeres de agosto del 2021 comparada con la del 2020, creció 2.2% (INEGI, 2021)6

¿A qué se debe?

Estas diferencias se deben a que las mujeres están mayoritariamente empleadas en los sectores más afectados por la pandemia como el turismo, la manufactura, el comercio al por mayor y menor; el trabajo doméstico remunerado, la educación y al sector salud (CEPAL, 2021) 7. Además, se enfrentan a un mercado laboral que disminuye sus recursos económicos para afrontar la crisis (Guillén, 2021)8 pues las mujeres, además de tener responsabilidades del trabajo doméstico compartidas desigualmente con los hombres, trabajan en sectores y puestos de trabajo específicos y de menor productividad; con mayor presencia en pequeñas empresas; con mayores barreras de financiamiento, menores ingresos y con menor acceso a la seguridad y protección social (CEPAL, 2021) 9.

Aunque los planes para la igualdad entre hombres y mujeres se han centrado especialmente en la igualdad jurídica formal del trabajo, y se ha puesto énfasis en la igualdad concretada a partir de la reivindicación de que a igual trabajo debe corresponder un salario igual, hoy debe plantearse cada vez más que no se puede entender la posición de las mujeres en el trabajo, sin considerar que su rol familiar determina o condiciona el laboral (Tobío,1998)10. Por lo que, para entender el origen de las brechas de género en el mercado laboral, debemos retornar a los comportamientos diferenciados entre mujeres y hombres, derivados del esquema cultural del género que tiene consecuencias en la estructuración desigual de las oportunidades, especialmente del empleo y los ingresos (Lamas, s.f.) 11.

Las explicaciones de por qué la mujer participa menos que el hombre en el mercado laboral cuentan con extensos estudios sociológicos sobre género y trabajo (Félix e Inzunza, 2019)12. La investigación Persistencia de los roles de género en la participación laboral de las mujeres con estudios profesionales en México considera que la decisión de las mujeres de participar en el mercado laboral está directamente relacionada con su nivel de educación, la presencia de familiares o hijos que requieren cuidados, el tiempo asignado a la producción doméstica, y a la ausencia o insuficiencia de los ingresos en el hogar; puesto que estos factores representan costos de oportunidad frente a la decisión de trabajar (Félix e Inzunza, 2019) 13

Así, a pesar de la extensión de la actividad laboral de las mujeres, existe una asimetría en cuanto al modelo de división de roles de género en la familia, correspondiendo el mundo doméstico a la mujer y el laboral al hombre (Tobío, 1998)14. La posición de inferioridad de la mujer en el mercado del trabajo se debe a las desigualdades producidas a través de la descapitalización de la fuerza de trabajo que interrumpe el empleo formal para hacer frente a las obligaciones maternales y familiares, realizando una menor inversión en la formación (Castaño, 1999)15. Por lo que las brechas salariales no se deben a la existencia de diferencias de productividad, sino a la existencia de un mercado dual y segmentado (Castaño, 1999) 16 donde las mujeres son situadas generalmente en papeles subordinados y secundarios, proclives a obtener empleos escasamente atractivos y de bajo salario (Félix e Inzunza, 2019) 17.

Gráfica 2. Comparación del porcentaje de hombres y mujeres en pobreza laboral al tercer trimestre del 2020. Fuente: Elaboración propia con datos del Índice de Tendencia Laboral de la Pobreza por Intervalo de Salarios (ITLP-IS), del CONEVAL, encontrados en los semáforos económicos de México ¿Cómo Vamos?

Esto es muy evidente en México, ya que el porcentaje de mujeres en pobreza laboral, situación en la que el ingreso de un hogar no es suficiente para alimentar a todos sus miembros (México ¿Cómo vamos?, 2021) 18, ha sido mayor que el de los hombres desde el 2005, y alcanzó su nivel más alto en el tercer trimestre del 2020 debido a la pandemia (Gráfica 2).

¿Cómo cerrar estas brechas?

La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establece en su Artículo 6° que la igualdad implica la eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los ámbitos de la vida, que se genere por pertenecer a cualquier sexo19, lo que involucra la adopción de programas, formulación de políticas con perspectiva de género, acciones afirmativas, pero también, creación de oportunidades. Pero para que la equidad de género esté plenamente asegurada en la normatividad laboral, debe contemplarse un enfoque transversal de igualdad en toda la ley con una perspectiva de género que deconstruya la visión tradicional del derecho (Ortíz, 2019) 20, debe considerar el contexto económico y social actual donde las mujeres han sido las más afectadas por la pandemia en cuanto a oportunidades laborales, que de por sí ya estaban limitadas por la esfera familiar y su rol doméstico socialmente construido.

La participación de las mujeres en el mercado laboral está cambiando, pero estos cambios no han sido acompañados por políticas de organización social y familiar donde las mujeres no se vean condicionadas por la relación familia-empleo. Es tiempo de empezar a ver y actuar por los determinantes de la participación laboral de las mujeres para poder establecer soluciones de política pública con perspectiva de género, como mejorar las oportunidades educativas para las niñas, establecer acciones para la integración a la economía formal del trabajo doméstico remunerado, establecer programas sociales para reducir el impacto de la pérdida de trabajos en la nueva modalidad digital post pandemia; y sobre todo, hacer un análisis de la normatividad y de los presupuestos públicos para que estos incluyan una perspectiva de género.

Créditos de la imagen: https://www.pexels.com/es-es/foto/senalizacion-masculina-y-femenina-en-la-pared-1722196/

Bibliografía

1 Lamas, M. (s.f.) La perspectiva de género. Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE). https://www.ses.unam.mx/curso2007/pdf/genero_perspectiva.pdf

2 Así se menciona en el Título Quinto de la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 165. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. LFT última reforma publicada 31/07/2021. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_310721.pdf

3 Centro de investigación en política pública. (2020) Las Mujeres no ganan lo mismo que los Hombres. https://imco.org.mx/las-mujeres-no-ganan-lo-mismo-que-los-hombres-2/

4 INEGI (2021) Resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo. Nueva Edición. Comunicado de Prensa Núm. 280/21.

5 México ¿Cómo Vamos? (2021) Semáforos Económicos – Generación de puestos de trabajo formales | Mujeres. https://mexicocomovamos.mx/semaforo-nacional/generacion-puestos-trabajo/

6 INEGI (2021) Indicadores de Ocupación y Empleo. Cifras Oportunas durante Agosto de 2021. Comunicado de Prensa Núm. 544/21. https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/iooe/iooe2021_09.pdf

7 CEPAL (2021) La autonomía económica de las mujeres en la recuperación sostenible y con igualdad. Informe especial COVID-19 N°9. https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/46633/S2000740_es.pdf

8 ídem

9 CEPAL (2021)

10 Tobío, C. (1998). Roles de género y la relación familia-empleo. Asparkía. Investigación Feminista, 21-44. https://www.e-revistes.uji.es/index.php/asparkia/article/view/942

11 Lamas, M. (s.f.) El enfoque de género en las políticas públicas. Opinión y debate. Corte Interamericana de Derechos Humanos. https://www.corteidh.or.cr/tablas/r23192.pdf

12 Félix, G., Inzunza, P. (2019). Persistencia de los roles de género en la participación laboral de las mujeres con estudios profesionales en México. Papeles de población, 25(99), 209-248.

13 ídem

14 Tobío, C. (1998)

15 Castaño, C. (1999) Economía y género. En Política y Sociedad, 32: 23-42. Universidad Complutense de Madrid. https://revistas.ucm.es/index.php/POSO/article/download/POSO9999330023A/24660

16 ídem

17 Félix, G., Inzunza, P. (2019).

18 México ¿Cómo vamos? (2021) Semáforos Económicos – Pobreza Laboral | Mujeres. https://mexicocomovamos.mx/semaforo-nacional/pobreza-laboral-mujer/

19 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (2006) Diario Oficial de la Federación. Última reforma publicada 14/06/2018 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIMH_140618.pdf

20 Ortíz, R. (2019) La equidad de género en la reforma laboral. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2505/14.pdf

Las opiniones aquí vertidas son exclusivas de su autor/autora, y no representan la ideología del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, ni del Consejo Editorial de la Gaceta Económica.

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