El precio de la prisión preventiva

Lo preocupante de la prisión preventiva oficiosa es que afecta a los sectores más vulnerables de la población, donde se ha demostrado que en la prisiones mexicanas no necesariamente se encuentran recluidos los culpables ni los delincuentes más peligrosos, sino los más pobres. Las cifras son claras: las personas pobres, vulnerables económicamente y de niveles educativos bajos son quienes pagan el precio de la prisión preventiva oficiosa en el país.

Gavriella Flores
Estudiante de 3° semestre de la Licenciatura en Dercho

La reciente sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la prisión preventiva oficiosa (PPO) ha vuelto a poner sobre la mesa las deficiencias del sistema penal mexicano y la manera en la que sistemáticamente se violan los Derechos Humanos de las y los presuntos culpables en nuestro país. La prisión preventiva oficiosa como medida cautelar ya existía en México, pero fue reforzada en 2019 con una reforma constitucional al artículo 19 impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador. Aquello permitió ampliar el número de situaciones a las que se puede aplicar la práctica a veinte delitos.

El costo de esta reforma, la cual vulnera gravemente el acceso a la justicia y el respeto a los DDHH, tan solo en la Ciudad de México, se vio reflejado en que el cien por ciento de las personas recluidas en prisión durante 2020 no tuvieron una sentencia (véase gráfica 1), tampoco se les probaron los delitos que los inculparon. La única medida fue la prisión preventiva. Además, a nivel nacional, en 2020 la tasa de personas en prisión creció al ritmo más alto de los últimos 15 años, sumando en un solo año a 14 mil nuevas personas privadas de la libertad.

De acuerdo con las cifras del estudio “El servicio profesional de carrera en Defensoría Pública en México”, elaborado por los investigadores Alberto Abad Suárez y Héctor Fix-Figuero, hasta el ochenta por ciento de las personas que hoy permanecen en prisión en el país no poseìan posibilidades de pagar una defensa particular (Animal Político, 2021). De la misma manera, la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad 2016, realizada por el INEGI, el setenta y uno por ciento de las personas encarceladas que no cuentan con una sentencia, no es profesionista, ni empresarial, ni funcionaria pública, sino que se dedican al comercio informal o el trabajo artesanal. Aunado a esto, 6 de cada 10 personas en prisión no lograron acceder a estudios superiores a la secundaria por dificultades económicas. Lo preocupante de la prisión preventiva oficiosa es que afecta a los sectores más vulnerables de la población, donde se ha demostrado que en las prisiones mexicanas no necesariamente se encuentran recluidos los culpables ni los delincuentes más peligrosos, sino los más pobres. Las cifras son claras: las personas pobres, vulnerables económicamente y de niveles educativos bajos son quienes pagan el precio de la prisión preventiva oficiosa en el país.

Gráfica 1

Recuperado de: https://www.animalpolitico.com/prision-preventiva-delitos-encarcela-pobres-inocentes/

Debido a las condiciones de desventaja en la que se encuentran, la mayoría de estas personas se ven obligadas a recurrir a una defensa de oficio, soportar tanto las pésimas condiciones del ya saturado sistema de Defensoría Pública. A pesar del acelerado ritmo de crecimiento de las personas en prisión, potencializado por la reforma del 2019 sobre la prisión preventiva oficiosa, las entidades no han crecido conforme a las necesidades. Por ejemplo, en Veracruz hay 42 abogadas y abogados de oficio para unos 7 mil 700 casos activos, lo que significa que, en promedio, atienden 183 juicios simultáneos, según una investigación realizada por Animal Político en colaboración con Intersecta. En otros estados, la cantidad de defensoras y defensores públicos disponibles incluso han disminuido, como el caso de Nuevo León el cual contaba con 154 en 2015 contra 149 en 2021 (Intersecta, 2021). El derecho al acceso a la justicia y a la presunción de inocencia no solamente se ve vulnerado por la medida de prisión preventiva oficiosa, sino que ante la enorme cantidad de casos acumulados en el sistema de Defensoría Pública, donde los abogados y abogadas de oficio optan por vías como la “defensa pasiva”. Esta se basa en recomendarle al imputado que se abstenga de hacer declaraciones, incluso cuando se es inocente, debido a que muchas veces les otorgan casos horas antes de la audiencia y no cuentan con el tiempo suficiente para leer los expedientes ni preparar el caso adecuadamente.

La discusión se encuentra en poder modificar y redefinir el concepto y las aplicaciones de la medida. Todo se sostiene en una palabra clave: La prisión preventiva oficiosa se basa en que al ser investigado por un delito y por virtud del delito por el cual te están investigando, automáticamente se aplica la prisión preventiva. Esto aún incluso sin que las fiscalías hayan concluido sus investigaciones. Por otro lado, la prisión preventiva justificada es la que, caso por caso, y tal como lo indica su nombre, la fiscalía logra justificar frente a la corte que la o el acusado está poniendo en riesgo el proceso. En otras palabras, encarcelar a miles de personas antes de que se prueben los delitos debería ser una excepción justificada en la agilización del proceso, lamentablemente, en México la prisión preventiva oficiosa es la regla del sistema penal. 

La reforma constitucional sobre la prisión preventiva oficiosa tenía su débil fundamento en combatir la impunidad, pero hasta ahora, como lo demuestra un informe de México Evalúa, la cifra de impunidad en el país aumentó de un 92.4% en el 2019 a un 94.8% en el 2021 (Reina, E. 2021), demostrando la falta de efectividad de la reforma. Por otro lado, tal como lo mencionó el ministro Arturo Zaldivar en la sesión del 25 de octubre, la prisión preventiva oficiosa viola múltiples tratados internacionales, comenzando por la privación arbitraria de la libertad y la omisión del principio constitucional de presunción de inocencia. El ministro concluyó en que debemos avanzar hacia un sistema que establezca la prisión preventiva como excepcional, al interpretar y actuar con base en el artículo primero constitucional, privilegiando de esta manera el principio pro personae. Lamentablemente, la expansión de la prisión preventiva oficiosa continuará tomando fuerza mientras esta decisión quede en manos de los legisladores y no de los jueces. Mientras esto no suceda, el precio de la medida seguirá siendo pagado por los pobres a cambio de su libertad.

Créditos de la imagen: https://www.freepik.es/foto-gratis/vista-cerca-esposas-metalicas-dolares_10612918.htm#page=1&query=prision&position=7&from_view=search

Bibliografía

Animal político (2021) La cárcel es la regla: se acabaron los inocentes, van a prisión 85% de los detenidos sin probar el delito. Recuperado de: https://www.animalpolitico.com/prision-preventiva-delitos-encarcela-pobres-inocentes/oficiosa-delitos.html

Animal Político (2021) Prisión preventiva: El arma que encarcela a los inocentes. Recuperado de: https://www.animalpolitico.com/prision-preventiva-delitos-encarcela-pobres-inocentes/

INEGI (2016) Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL). Recuperado de: https://www.inegi.org.mx/programas/enpol/2016/#Datos_abiertos

Intersecta (2021) Cárcel a las personas más pobres y sin defensa adecuada: cada abogado de oficio lleva 300 casos. Recuperado de: https://www.animalpolitico.com/prision-preventiva-delitos-encarcela-pobres-inocentes/abogados-de-oficio.html

México Evalúa (2020) Hallazgos 2020. Evaluación del Sistema de Justicia Penal en México. Recuperado de: https://www.mexicoevalua.org/hallazgos-2020-evaluacion-del-sistema-de-justicia-penal-en-mexico/

Reina,E. (2021) La impunidad crece en México: un 94.8% de los casos no se resuelven. Recuperado de: https://elpais.com/mexico/2021-10-05/la-impunidad-crece-en-mexico-un-948-de-los-casos-no-se-resuelven.html?outputType=amp

Las opiniones aquí vertidas son exclusivas de su autor/autora, y no representan la ideología del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, ni del Consejo Editorial de la Gaceta Económica.

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